Os comparto mi opinión sobre la última sentencia del Tribunal Supremo en materia del impuesto de la plusvalía municipal.
«La última sentencia del Tribunal Supremo en lo que respecta al impuesto de la plusvalía municipal, guarda relación con un caso donde el contribuyente vino acreditando, tanto en fase administrativa como judicial, la inexistencia del incremento de valor o ganancia patrimonial con la transmisión del inmueble, por tanto, estamos ante un caso que guarda relación con la primera sentencia del Tribunal Constitucional, de fecha 11 de mayo de 2017, donde no se limitaba el alcance de sus efectos.
Por tanto, ahora el Tribunal Supremo reconoce a un contribuyente el derecho a ser indemnizado, al estar afectada la liquidación por un hecho imponible y base imponible, declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional, pero para un caso de venta a pérdidas.
Pero lo interesante, a los efectos de reconocer la responsabilidad patrimonial del Estado legislador, será cuando el Tribunal Supremo se pronuncie sobre un caso donde si hubo ganancia patrimonial, pero se cuestionó el método de cálculo, que posteriormente fue declarado inconstitucional por parte del Tribunal Constitucional.»
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