Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre cláusulas de hipotecas
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE,) mediante la sentencia del 13 de julio de 2023, tras una cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia de Palma de Mallorca que preguntaba si se podía considerar como práctica desleal e indicio de cláusula abusiva la circunstancia de que las entidades bancarias no aplicaran un diferencial negativo al IRPH, tal y como exigía el Banco de España en la Circular 5/1994, para conseguir igualarlo a otros tipos del mercado, permite valorar si los préstamos hipotecarios de los consumidores cumplen con los requisitos para considerar la cláusula como abusiva y poco transparente, para ello, establece que deben ser los jueces españoles quienes evalúen la posible abusividad del IRPH caso por caso.
El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) es un índice de referencia utilizado en España para calcular los intereses de los préstamos hipotecarios, elaborado por el Banco de España y basado en la media de los tipos de interés aplicados por las entidades bancarias.
A diferencia del Euribor, que se refiere al precio al que las entidades bancarias europeas se prestan dinero entre sí, el IRPH es un indicador empleado en las hipotecas variables como alternativa al euribor.
El problema radica en la falta de transparencia en la comercialización del IRPH por parte de las entidades bancarias. Según la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), se respalda la reclamación de los consumidores afectados por la falta de información sobre la posible aplicación de un diferencial negativo al IRPH para igualarlo con otros índices del mercado, como el Euribor.
Los jueces españoles ahora deben analizar caso por caso la posible abusividad de la cláusula del IRPH en los préstamos hipotecarios, considerando varios factores, como la falta de información el IRPH, la incapacidad de los clientes para compararlo con otros índices, la falta de información sobre la obligación de incorporar un diferencial negativo al IRPH, la referencia a la normativa del Banco de España, etc…
El despacho jurídico online AFEPLUS especializado en derecho administrativo, fiscal inmobiliario y bancario, anima a los consumidores con una hipoteca para que “revisen sus préstamos hipotecarios para comprobar si cumplen con los requisitos para presentar una reclamación ante la entidad bancaria y el Juzgado competente por la cláusula IRPH” además nos recuerda que “los consumidores deben ver si pagaron los gastos de constitución de la hipoteca porque también se ha considerado una cláusula abusiva por parte de las entidades bancarias y los consumidores tienen derecho a la devolución de los gastos abonados”
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