Si ha tenido que pagar el impuesto por vender, heredar o donar un inmueble, siga leyendo porque le indicaremos cómo proceder para conseguir la devolución del impuesto, siempre y cuando, existan argumentos legales para solicitar el derecho a la devolución.
¿Cómo iniciar una reclamación de plusvalía municipal?
Es importante que tenga claros cuáles son los pasos a seguir en un proceso de reclamación.
- Contacte mediante email o teléfono para hacer su consulta gratuita
- Le asesoramos sobre viabilidad para iniciar la reclamación del impuesto de la plusvalía municipal
- Le indicamos cómo podemos proceder e iniciar la reclamación
- Gracias a las tecnologías podemos actuar como una plataforma de reclamación online
¿Qué documentación necesitamos?
Antes de valorar su asunto, necesitamos disponer de una serie de documentos o información para indicarle las posibilidades de éxito en la reclamación.
- Valor del inmueble en la escritura de compra y de venta
- Valor del inmueble declarado en la escritura de herencia o donación
- Autoliquidación o liquidación del impuesto de la plusvalía municipal
- Recibo del IBI donde venga el valor catastral del inmueble
- Escritos presentados ante el Ayuntamiento, en caso de haber presentado alguno
- Resolución por parte del Ayuntamiento, en caso de haber sido notificada y fecha de la notificación
- Tasaciones o cualquier otro documento de valoración
¿Plazos para reclamar el impuesto de plusvalía municipal?
En el derecho administrativo es fundamental cumplir con los plazos establecidos, siendo con carácter general los siguientes:
- Si el impuesto de la plusvalía municipal se pagó por autoliquidación, el plazo para reclamar es de 4 años.
- Si el impuesto de la plusvalía municipal se pagó por liquidación, el plazo para reclamar es de 1 mes.
En cualquier caso, también hay que valorar la posibilidad de presentar un recurso extraordinario de revisión, una solicitud de nulidad de pleno derecho o una solicitud de revocación por parte del Ayuntamiento.
¿Dónde se presenta la documentación?
Para hacer el registro de la documentación, hay tres opciones:
- Presentar la documentación por registro de entrada en su Ayuntamiento
- Presentar la documentación por la sede electrónica de su Ayuntamiento
- Presentar la documentación desde una oficina de Correos mediante el sistema de registro ORVE
¿Qué plazo tiene el Ayuntamiento para resolver la reclamación?
La administración pública también tiene unos plazos para resolver cualquier solicitud o reclamación que le presente un interesado, aunque en muchos casos no contesta en plazo y se entiende desestimada la pretensión, no eximiéndole ello, de su obligación de resolver, pudiendo darse el caso que dicha resolución sea luego estimada.
- Si presentamos un recurso de reposición, el plazo es de 1 mes
- Si presentamos una solicitud de ingresos indebidos, el plazo es de 6 meses
- Si presentamos una reclamación económica administrativa el plazo de 1 año
Tipos de reclamaciones del impuesto de la plusvalía municipal
1. Venta de un inmueble con pérdidas
2. Venta de un inmueble con ganancias
3. Transmisión de un inmueble mediante escritura de herencia o donación
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